En este artículo encontrarás los requisitos para la Regularización de Declaratoria de Fábrica según la Ley 27157 y sus modificaciones.
Pero antes, ¿Que es una declaratoria de fábrica?
La declaratoria de fábrica es un documento que acredita la existencia legal de una edificación y sus características técnicas, como el número de pisos, el área construida, el uso y la distribución de los ambientes.
Si te interesa conocer más sobre la Declaratoria de Fábrica y su importancia puedes visitar nuestro artículo sobre la Declaratoria de Fábrica y sus modalidades.
Requisitos:
Los requisitos los encontramos en la Ley 27157, modificada por la Ley 30830 (para construcciones finalizadas hasta el 31/12/2016), también conocida como Ley de Regularización de Edificaciones. Esta ley beneficia a los propietarios de edificaciones que no cuentan con este documento o que lo tienen incompleto o defectuoso, y son:
- Formulario registral (FOR), suscrito por los propietarios y el verificador responsable y con sus firmas legalizadas ante notario.
- Plano de ubicación, localización y de distribución, suscrito por el verificador responsable, cuya firma debe estar legalizada ante notario.
- Informe Técnico de Verificación, que debe contener, además:
- Declaración Jurada con firma legalizada en la que se señale que la edificación materia de regularización cumple los parámetros urbanísticos y edificatorio reglamentarios correspondiente a la fecha de ejecución, o de no ser el caso debe consignar las observaciones que hubiere.
- Declaración Jurada con firma legalizada indicando que no se encuentra comprendido dentro de los supuestos de improcedencia que establece la Primera Disposición Complementaria y Finales de la Ley 30830.
- Solicitud de inscripción de título.
- Pago de la tasa registral.
Nota: Toda la documentación se debe presentar por triplicado (un original para el registro, una copia para el municipio y otro para el solicitante).
La regularización de declaratoria de fábrica es un proceso que brinda seguridad jurídica y patrimonial a los propietarios de edificaciones, así como beneficios económicos y sociales. Por ello, se recomienda realizar este trámite lo antes posible y contar con el asesoramiento profesional adecuado.