GASTOS COMUNES ¿QUE SON?

Si piensa comprar un departamento parte de un edificio, condominio o residencial, uno de los gastos futuros que debe considerar en su presupuesto mensual es el de los Gastos Comunes

Pero ¿Qué son los Gastos Comunes?

Según el Reglamento de Ley 27157 aprobado por el D.S. 035-2006-Vivienda, los Gastos Comunes son:

  • Todos los ocasionados por el mantenimiento de los servicios comunes indicados en el artículo 137, cargas, responsabilidades y, en general, cualquier gasto que no sea susceptible de individualización. 
  • Cualquier otro extraordinario acordado por la Junta de Propietarios.

Y Entonces,

¿Cuáles son los servicios comunes a los que hace referencia el Artículo 137 del Reglamento?

Encontrará que, los servicios comunes son aquellos señalados en el Reglamento Interno y aquellos que señale la Junta de propietarios. Estos están vinculados con:

a) La limpieza, conservación y mantenimiento de las áreas y ambientes comunes, instalaciones sanitarias y eléctricas de uso común, y en general de cualquier otro elemento de los bienes comunes. Esto incluye la reparación y/o reposición de los bienes o de sus partes.

b) La administración de la edificación

c) La guardianía, la jardinería y portería.

d) Los servicios de vigilancia y seguridad de la edificación en conjunto.

e) La eliminación de basura.

f) Los servicios de publicidad.

g) La administración de las playas de estacionamiento.

h) Los demás que acuerde la Junta de Propietarios.

¿Cuánto le corresponde pagar por los gastos comunes?

El pago de los gastos comunes se efectuará de acuerdo a la periodicidad, forma, y con los porcentajes establecidos en el Reglamento Interno.

El criterio que la mayoría de las inmobiliarias toman como base para la determinación del gasto que debe pagar cada propietario, es de acuerdo con los porcentajes de participación de los bienes comunes establecidos en el Reglamento Interno.

Sin embargo, la Junta de Propietarios, puede determinar otra forma para el cálculo, teniendo en cuenta criterios de uso, espacio ocupado, demanda de servicios, el número de personas que ocupan las secciones, la ubicación o accesibilidad de las mismas, partes iguales, entre otros.

Si los propietarios no están de acuerdo con el criterio señalado en el Reglamento Interno, pueden cambiarlo. La decisión del cambio debe ser aprobada en asamblea, siguiendo el procedimiento y la mayoría que señale el Reglamento.

Para que el cambio y modificación del reglamento interno surta efectos debe registrarse la modificación en los Registros Públicos.

Base legal:

  • Ley 27157 – Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.
  • D.S. 035-2006-Vivienda – Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.

Si requiere más información o asesoría para la modificación de su Reglamento Interno puede contactarnos al correo info@milay.pe o dejarnos un mensaje en nuestro formulario de contacto.

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